En un artículo de opinión que se publica en este mismo portal, el abogado Gustavo Marón analiza con precisión la normativa que regula la venta de horas de vuelo en la Argentina, una actividad legítima según el derecho de “ejercer toda industria lícita” contemplado en el artículo 14 de la Constitución Nacional pero, parece, no estrictamente legal. La nota tiene como disparador el accidente del LV-HKA que volaba el administrador nacional de Aviación Civil, Tomás Insausti.
El hecho deja al descubierto algo más que un problema normativo que el titular de la ANAC no se preocupó en resolver, ya que expone una posición ética a partir del inaceptable desconocimiento de las normas por parte del más alto funcionario de la aviación civil y/o el posible uso de su posición para aprovechar la falta de control (y por qué no pensar de discrecionalidad) de la entidad que conduce.
En cualquier país serio un funcionario del rango de Insausti involucrado en una situación como la del accidente de Carmen de Areco hubiera renunciado –o se le hubiera exigido que lo hiciera– porque las extrañas circunstancias en que sucedieron los hechos, sumadas a una gestión desgastada, dañan el mínimo decoro republicano que debe preservar tan importante servidor público.
Para quien está al tanto de lo que sucede en la aviación, los nexos entre la razonabilidad de las normas, su cumplimiento y el accidente de una aeronave “alquilada” pilotada por el titular de la ANAC son evidentes y se relacionan. Por un lado están las normas, en este caso la contratación de horas de vuelo (expuestas en el artículo de Marón) que debería ser liberada para que cualquier dueño de aeronave usufructúe la misma si está habilitada para volar y el acto comercial debidamente registrado (AFIP, IIBB, y demás formalidades comerciales); por otro, las regulaciones que muchos casos son absurdas e incumplibles en un país con una aviación precarizada en la que el ente regulador dista mucho de cumplir su rol por incapacidad o intencionalidad; y, finalmente, las suspicacias que despiertan el hecho de que un funcionario haya sido protagonista de un vuelo y posterior accidente que, además de exhibir una precaria formación en el básico control de una aeronave, lleva a formular preguntas inquietantes.
En el informe de la Junta de Investigación de Accidentes (JIAAC) hay datos que llaman poderosamente la atención. Veamos lo que señala el texto oficial: “Según las entrevistas realizadas, el piloto se presentó en el aeródromo de General Rodríguez el 24 de mayo, a las 12:30, para hacer un vuelo de recreación con destino al aeródromo de Carmen de Areco y retorno al aeródromo de partida.
”En este vuelo, el piloto viajó con un acompañante, que descendió en Carmen de Areco para preparar la aeronave LV-CNC y retornar en vuelo a General Rodríguez. Éste [el acompañante] manifestó que, si bien no observó el accidente, escuchó el ruido provocado por el mismo y se trasladó al lugar para asistir al piloto”.[1]
Aquí surgen algunas preguntas: ¿Quién fue el acompañante del señor Tomás Insausti que viajó a Carmen de Areco para preparar la aeronave LV-CNC? ¿Fue un piloto? ¿El LV-CNC no es una aeronave de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)? Si es así, ¿el vuelo de Insausti llevando a quien parece ser otro funcionario (reiteramos que con identidad desconocida por ahora) era oficial? ¿Por qué estaba en Carmen de Areco el LV-CNC?
Como se puede observar, de una investigación que parece no decir mucho surgen razonables dudas que deberían ser investigadas por una comisión ad hoc del Ministerio de Transporte que, independientemente del informe de la JIAAC, aclare la situación con objetividad y criterio ya que el ministro Guillermo Dietrich es cuanto menos responsable político de lo que hace el titular de la ANAC.
[1] Informe Preliminar JIAAC Investigación para la Seguridad Aérea 49008597/19, página 19.