Las escuelas de vuelo de todo el país, tanto las organizadas como empresas como aquellas que explotan los aeroclubes, se encuentran en un estado de tensa alerta y preocupación.
Y es que existe en la ANAC un criterio totalmente dispar al momento de autorizar la actividad de instrucción en escuelas de vuelo y, al respecto, se han emitido a la comunidad aeronáutica mensajes totalmente contradictorios, siempre oralmente, nunca con la expresa claridad escrita que ameritan las circunstancias.
Empecemos por el principio. El 18 de marzo de 2020 el Ministerio de Transporte de la Nación emitió la Resolución 64/2020, luego prorrogada por la 73/2020, por la que se suspendió la actividad total de Aviación General en todo el país a consecuencia de la pandemia COVID-19.
Las escuelas de vuelo y entidades aerodeportivas acataron la medida pero pronto advirtieron que la paralización atentaría gravemente contra todo el sector, al producirse el vencimiento por falta de actividad de pilotos e Instructores de Vuelo. Se advirtió, también, el sinsentido de la medida adoptada por el Ministerio, sobre todo para vuelos de entrenamiento o instrucción locales que no supusieran translación entre provincias (y más todavía con protocolos sanitarios que alejaran la posibilidad de contagio).
Con estos argumentos, las Federación Argentina de Aeroclubes (FADA), la Federación Argentina de Vuelo a Vela (FAVAV), la Federación de Paracaidismo (FAP), la Cámara Argentina de Escuelas de Vuelo (CAEVU) y la Sociedad Argentina de Aviación (SAA), principales afectados por la restricción, solicitaron al Consejo Asesor de Aviación Civil (CONAV) que se movilizara para superar el absurdo. El CONAV dirigió notas a la ANAC, al Ministerio de Transporte, a la Presidencia de la Nación e incluso a la OACI.
A consecuencia de ello, el 15 de mayo de 2020 la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación expidió la Decisión Administrativa N° 810/2020, por la que se autorizó la “actividad de entrenamiento de pilotos, desarrollada a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con la finalidad de sostener los estándares de instrucción y de seguridad operacional; con un máximo de DOS (2) personas por aeronave, las cuales deberán usar tapabocas y mantener la debida distancia entre ellas, con el fin de minimizar los riesgos de contagio”.
Como se ve, la Decisión Administrativa alude a “sostener los estándares de instrucción” (no existe tal sin Instructores de Vuelo y Alumnos-Piloto) y que ello tuviera lugar en “escuelas de vuelo” (léase CIACs).
Como se ve, la Decisión Administrativa alude a “sostener los estándares de instrucción” (no existe tal sin Instructores de Vuelo y Alumnos-Piloto) y que ello tuviera lugar en “escuelas de vuelo” (léase CIACs). La ANAC reprodujo estos conceptos el 19 de mayo de 2020 en la Circular de Información Aeronáutica (AIC) N° 20/2020.
Con esta normativa en la mano, muchos Jefes de Aeródromo del interior del país interpretaron que no se encontraba restringida la instrucción y permitieron el normal desarrollo de la actividad en tanto se cumplieran los protocolos sanitarios y demás medidas de prevención frente al COVID. Pero este punto de equilibrio sensato parece no haber sido compartido por todos los funcionario de la ANAC, pues pronto comenzaron a circular versiones absolutamente contradictorias, incluyendo criterios restrictivos comunicados oralmente o por WhatsApp. El resultado es un nuevo y evitable estado de tensión en la comunidad aeronáutica.
Es imperioso que la ANAC tome en cuenta a tiempo el clamor de los actores, antes que un conflicto absolutamente innecesario escale por falta de contención institucional o de diálogo. La crisis del COVID se manifiesta de diversas formas en el país, lo que amerita flexibilidad de criterio. Mientras el AMBA merece de momento toda la atención (los casos van en aumento y es preciso restringir la circulación comunitaria), hay provincias y hasta regiones enteras donde no tiene ningún sentido la severidad extrema.
¿Por qué restringir la instrucción en presencia de protocolos sanitarios para vuelos de instrucción internos en provincias con una buena prevención del COVID? ¿No alude la Decisión Administrativa 810/2020 claramente a “instrucción” y a “escuelas de vuelo”? ¿Por qué forzar interpretaciones cuando la jerarquía de la norma es superior incluso a la de una Resolución del Ministerio de Transporte? ¿Acaso se ha restringido, por caso, la formación de conductores de auto en escuelas de manejo? En una crisis como la que atravesamos, es tan pernicioso sobreactuar como ser laxo.
Hay que encontrar un punto de equilibrio. En lo que va de la cuarentena no se ha registrado ningún caso de COVID-19 en la comunidad aeronáutica. El dato no es menor, porque pone de manifiesto la seriedad con que se está manejando la prevención, especialmente en el interior del país. La EANA continúa prestando servicios, la inmensa mayoría de los CIACs del país no están basados en aeropuertos y las Federaciones han implementado protocolos sanitarios para sus respectivas actividades. Sobre la base de estos datos duros y ciertos, la ANAC simplemente debería mostrar empatía y permitir que la instrucción de vuelo se desarrolle con normalidad fuera del AMBA.