
El Decreto 239/2007, del 15 de marzo de 2007, marcó un hito histórico en la aviación civil argentina al disponer la creación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Este decreto ordenó la transferencia de las misiones y funciones de control de la Aviación Civil Argentina, que hasta entonces desempeñaba el Comando de Regiones Aéreas de la Fuerza Aérea Argentina, hacia el ámbito civil bajo la dependencia de la Secretaría de Transporte. Ese traspaso se realizó de una forma tal que eliminó la Unidad de Comando y Control, pilar fundamental de cualquier organización civil, eclesiástica o militar. La evaluación de aquella decisión excede los propósitos del presente artículo.
En Argentina, la cuestión de la administración, planificación y conducción de la aviación civil reviste particular importancia, porque las once agencias federales que tienen la función de ejecutar las actividades operativas y administrativas lo hacen sin coordinación entre
ellas, según lo recomienda la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI), y esta falencia fue tenida en cuenta en los informes de la última auditoría realizada por esa Organización Internacional en el año 2025.
Las once agencias federales que intervienen en la Administración de la Aviación Civil Argentina son: Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC); Órgano Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA); Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA); Junta de Seguridad en el Transporte (JST); Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA); Servicio Meteorológico Nacional (SMN); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); Instituto Geográfico Nacional (IGN); Comando Aeroespacial del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (CoAer); Fuerza Aérea Argentina (FAA); Subsecretaría de Transporte Aerocomercial.*
Esta atomización orgánica de la autoridad aeronáutica argentina que, por el Código Aeronáutico Argentino, es el Sr. administrador de ANAC, no es real, porque las agencias aeronáuticas no dependen de él y, en algunos casos, están en la estructura orgánica de otro ministerio del Poder Ejecutivo Nacional.
Si coincidimos en que la autoridad aeronáutica argentina está atomizada, la autoridad del Sr. administrador de ANAC es abstracta, no existe. La gestión de la autoridad de aplicación está diluida; en consecuencia, los usuarios, explotadores y protagonistas del ámbito aeronáutico todo padecen en su actividad diaria a las distintas agencias encargadas de regularlos, fiscalizarlos o prestarles servicios, las que paradójicamente se han convertido en un estorbo, un condicionante y/o impedimento al desarrollo aeronáutico del país. Además, la planificación del desarrollo futuro es inexistente.
El fundamento de lo expuesto anteriormente se observa con claridad en los aeropuertos controlados de nuestro país, donde el servicio de Protección al Vuelo se encuentra fragmentado en cuatro jefaturas distintas dentro del mismo aeródromo y sin una autoridad que las coordine, falencia esta que genera un sinnúmero de inconvenientes a los usuarios —pilotos y despachantes de aeronave—, muchos de los cuales resultan anecdóticos por su total incoherencia.
Estas jefaturas son: Jefe de Aeropuerto ANAC; jefe de aeropuerto PSA; jefe de aeropuerto del concesionario y jefe de aeropuerto EANA. Repito: Estas jefaturas en cada aeropuerto controlado trabajan en los hechos, independientemente y sin coordinación.
Dicho lo anterior, el propósito de estas líneas es llamar la atención de la autoridad política con el propósito de concientizar sobre el proceso de desintegración de nuestra autoridad aeronáutica, restituir la conducción y planeamiento unificado en un solo organismo nacional, al igual que la aviación civil de todos los países miembros de OACI.
En efecto, la Aviación Civil Argentina tiene once agencias federales diferentes para aplicar el Derecho Aeronáutico y administrar la aviación civil. Esto, en sí mismo, sería suficiente para revertir esta anárquica situación de desorden administrativo y de conducción lo antes que sea posible. Pero el problema no termina allí, porque resulta que las once agencias federales se encuentran sin coordinación alguna entre ellas, lo que hace más anárquica y dificultosa su administración, con el daño intrínseco que ocasiona a los usuarios, lo que redunda en importantes daños económicos para los operadores aéreos. Para comprenderlo en total plenitud, basta indicar que hay cuatro ministerios nacionales involucrados, cuando lo razonable sería que todas estas agencias federales dependieran del Ministerio de Transporte, conforme a lo que sucede cuando hay unidad de mando, control y planificación.
Debemos recordar que la aviación civil de cualquier nación es el principal dinamizador de la economía y el desarrollo.
Antes de ocuparnos de lleno de la problemática de la des-integración de la autoridad
aeronáutica argentina, corresponde detenernos a conocer cuál es el universo administrable, es decir, el ámbito aeronáutico sobre el cual las diferentes agencias federales ejercen sus competencias, imponen sus regulaciones o prestan sus servicios aeronáuticos. Este universo representa a la Aviación Civil Argentina en su conjunto, aunque pocos tienen clara su dimensión, su peso en la economía o su distribución territorial. Los tres cuadros siguientes nos permitirán poner el tema en contexto.
El primer cuadro muestra la distribución conceptual de la Aviación Civil Argentina conforme a la normativa aeronáutica vigente, particularmente el Código Aeronáutico y las RAAC. Como puede verse, la Aviación Civil Argentina se compone de la industria aeronáutica, la aviación general y la aviación comercial (líneas aéreas).

Puesto que no hay aviación civil posible sin aeronaves, el segundo cuadro muestra la clasificación técnica de las mismas, conforme a nuestra normativa aeronáutica, en especial las Partes 1, 22, 23, 25, 27, 29, 31, 101, HL, HML y VLA de las RAAC. Como se puede ver, cada tipo de aeronave es susceptible de recibir una diferente certificación de aeronavegabilidad conforme a las distintas categorías vigentes (Normal, Utilitaria, Transporte, Acrobática, Restringida, Limitada o Provisoria).
En el segundo cuadro se exponen también otros tipos de aeronaves con regulación de aeronavegabilidad específica, como las aeronaves ultralivianas motorizadas, las aeronaves deportivas livianas, los helicópteros livianos, los helicópteros muy livianos y las aeronaves muy livianas. En forma segregada se exponen los vehículos aéreos no tripulados que, por ahora, no son reconocidos como aeronaves por nuestro Derecho Aeronáutico. Se listan en color rojo artefactos que tienen la capacidad técnica de volar (incluso de ser volados), pero que legalmente no son aeronaves por no ser susceptibles de certificación conforme al Anexo 8 del Convenio de Aviación Civil Internacional.
Quizá el dato más importante a destacar en el segundo cuadro no sea tanto la clasificación técnica, sino los números subyacentes. Actualmente, el Registro Nacional de Aeronaves de la ANAC tiene matriculadas unas 6.100 aeronaves, de las cuales sólo 140 se encuentran afectadas a la prestación de servicios aerocomerciales de transporte aéreo. Las 5.960 aeronaves restantes se reparten entre trabajo aéreo (unas 2.000) y el resto, aviación general y deportiva.
Todo este parque aeronáutico recibe mantenimiento en 190 talleres aeronáuticos de reparación habilitados, lo que significa que no todas las aeronaves se encuentran operando al mismo tiempo. Es más, aproximadamente el 35/40 % de la flota de aviación general permanece continuamente en tierra por falta de reparaciones menores, fundamentalmente a causa de las dificultades para encontrar e importar repuestos aeronáuticos (ningún repuesto o partes de aeronaves se producen en el país). Toda la flota argentina tiene, en promedio, cuarenta y cinco años de antigüedad.

El tercer cuadro muestra la infraestructura aeronáutica que da soporte a los distintos tipos de aeronaves y a las distintas actividades que conforman la aviación civil en Argentina. Como puede verse, nuestro país cuenta con 568 aeródromos y 132 helipuertos habilitados por la ANAC, más 641 lugares aptos denunciados registrados para operación eventual de aeronaves civiles. Existen prácticamente tantos aeródromos públicos como privados, pero sólo en 60 aeródromos públicos se prestan servicios de tránsito aéreo y sólo 54 se integran en el Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA).
De los 54 aeropuertos integrantes del SNA, sólo 37 se encuentran concesionados a la empresa Aeropuertos Argentina.

Conclusión:
La Aviación Civil Argentina, incluyendo su cadena de suministro, el turismo derivado, la aviación agrícola, la aviación general, etc., aporta aproximadamente USD 12.000 millones al Producto Bruto Interno (PBI) de Argentina, lo que representa cerca del 2,1% del total nacional. Debe también tenerse en cuenta que los inconvenientes importantes de su administración y falta de planeamiento a mediano y largo plazo no son responsabilidad del personal que forma parte de las diferentes agencias federales; el inconveniente está en el diseño de su organización, que, por diferentes razones, se encuentra desordenada y repartida en diferentes ministerios del Poder Ejecutivo, lo que hace imposible la coordinación de tareas para su eficiente conducción, desarrollo y administración.
Teniendo en cuenta lo antes descrito y con sus fundamentos en leyes y decretos, se sugiere que se unifiquen la totalidad de las agencias federales en la Administración Nacional de Aviación Civil —ANAC—, que es el organismo que posee, según el Código Aeronáutico Argentino, la responsabilidad de la administración de la aviación civil argentina, a fin de unificar la conducción operativa y de planificación, como lo es en todos los países miembros de OACI.
NdeR.: La opinión de las notas firmadas no es necesariamente la de Aeromarket.





Coincido en un 99% de lo desarrollado por el Com(r) Senn solo me permito realizar una pequeña observación
En los aeropuertos actualmente no hay figuras de Jefe de aeropuerto PSA Jefe de aeropuerto Eana Jefe de Aeropuerto del Concesionario etc etc solo existe esa figura para el Jefe de Aeropuerto designado por la Anac de acuerdo al articulo 88 del Código aeronautico que expresa que es la maxima autoridad en lo que a COORDINACION Y REGIMEN INTERNO se refiere y ahí esta el problema la ANAC a través de los años permitió que la autoridad del jefe de aeropuerto se degrade y no pueda cumplir la funcion que siempre tuvo a través de los años quedando actualmente MINIMIZADA mas aun con la incomprensible figura de la AUTORIDAD DELEGADA ya que desde hace pocos dias ni siquiera presidira los COMITES lugar desde donde el jefe de aeropuerto puede aplicar su potestad de coordinacion y bajar líneas en algunos aspectos
La unidad de mando para la figura que representa a la ANAC en un aeropuerto es clave ya que insisto los artículos 88 y 80 le competen en todo sus contenidos
Lamentablmente, como ya lo señalo el Dr. Leandro Despuy ex Presidente de la aGN, en su Infomre de final de Gestion del periodo 2003 – 2015 lo descripto en lo que hace a los organismos de control de frontera no fue producto de la improvisacion. Hoy despues de los trascendidos hechos publicos en el marco de la captura del dictado Madura, se puede comprender el verdadero alcance de los objetivos estrategicos del Foro de San Pablo, a partir de su conformacion con la caida del Muro de Berlin y la desintegracion de la UNION DE REPUBLICAS SOCIALISTAS. Fundamentalmente, con la finalidad de financiar su proyecto regional con el NARCOTRAFICO con proyeccion internacional por medio del TERRORISMO exportado por la Revolucion Islamica desde el ñao 1979 el cual impacto en nuestro querido pais a partir del suiciidio simulado del Brigadier Echegoyen ex ANA (1990) la voladura de la Embajda (1992) AMIA (1994) el ataque a Menem junior (1995) la Voladura de Rio Tercero (1995) el secuestro y desaparicion forzada de Jose Luis Cabezas (1997) el homciidio simulado de Lourdes di Natale (2003) y finalmente el suicidio simulado del Fiscal Federal Especial AMIA Alberto Nisman (2015) por el momento.
EL ART´ÍCULO DEL COMODORO SENN, ES DE UN DIAGNÓSTICO CLARO Y… DE NO SOLUCIONARSE LOS ERRORES SEGUIREMOS EN ESTE CAOS DE MANIFIESTA INEFICIENCIA OPERATIVA Y ECONÓMICA. Y NUESTRO RUMBO SEGUIRÁ HACIA EL PEOR DE LOS MUNDOS DE LA AVIACIÓN CIVIL.- ACERCA DE LAS ONCE AGENCIAS FEDERALES, ME TRAE A LA MEMORIA» LOS COMPARTIMENTOS ESTANCOS DEL TITANIC», QUE LOS INGENIEROS ALEMANES DECÍAN QUE NI DIOS LO PODÍA HUNDIR….SOBERBIA EXAGERADA… OTRA FALLA GARRAFAL FUE Y ES, NO PONER GENTE IDÓNEA EN LOS CARGOS PÚBLICOS, NO CUMPLIENDO CON EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, Y QUE FUERON Y SON OCUPADOS POR AMIGOS DEL PODER… MILITANTES CON FORMACIÓN CASI NULA. HAY QUE BUSCAR GENTE CAPAZ…QUE LAS HAY…SIN TENER PRESENTE SU FORMACIÓN… CIVIL, MILITAR, POLICIAL O RELIGIOSA… BASTA DE POLÍTICOS MIOPES EN LA AVIACIÓN CIVIL.. TAMBIEN ES CORRUPCIÓN OCUPAR CARGOS PÚBLICOS CON FALTA DE IDINEIDAD…. EL INGENIERO RICARDO RUNZA, EN LA ENTREVISTA HA SEÑALADO LOS GRAVES ERRORES QUE PADECE LA AVIACIÓN CIVILY MILITAR… ¿HABRÁ DECISIÓN POLÍTICA DE ARREGLAR TODOS LOS MALES ENUNCIADOS?….. EL TIEMPO Y DIOS DIRÁ…