El 22 de diciembre de 2015 la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala III, confirmó la cautelar que obliga a Aeropuertos Argentina 2000 S.A. a “arbitrar los medios necesarios para que dentro del término de cinco días autorice o conforme las Cartas de Presentación en los términos del art. 29 de la Disposición PSA 172/10, correspondiente al personal que trabaja para Paez Aviónica S.R.L. …”.
Este fallo se suma al precedente recaído en el caso “Carrizo Ramírez” en el cual la Excma. Cámara también hizo lugar a una cautelar similar, pero en este caso solicitada por un trabajador aeroportuario que se desempeña por su cuenta, es decir, como monotributista.
De esta manera, ya sea como integrante de una empresa o como trabajador independiente, las personas que trabajan en un aeropuerto tienen derecho a que se les otorgue la credencial aeroportuaria sin que AA2000 obstruya la firma de la Carta de Presentación que exige la Policía de Seguridad Aeronáutica con el único fin de permitirle al concesionario de aeropuertos exigir una parte de la facturación a cambio.
Va de suyo que AA2000 no tiene funciones de seguridad aeroportuaria, sin embargo, pretende utilizar la fuerza pública para impedir el ingreso a los trabajadores a un aeropuerto “público”, como si fuera privado. Algo así como que el administrador de una plaza no permita el ingreso del público a la misma si previamente no le pagan el canon o “peaje” que a él le viene en ganas. La administración de los bienes públicos tiene una serie de reglamentaciones que AA2000 desconoce. Además, intenta aplicar en su beneficio los principios que rigen en los grandes centros de compras (shoppings, malls, etc.) que son bienes privados con acceso público. La diferencia es tan grosera que no amerita se pierda más tiempo en su análisis.
La cuestión ha ido degenerando tanto, que parecería que los aeropuertos “civiles” se han convertido en un virtual cuartel militar donde el único beneficiado sería el administrador privado, es decir Aeropuertos Argentina 2000 S.A., quien —como es sabido— se mueve con un amplio capital que permite obtener reglamentaciones y resoluciones de notable ilegitimidad.
La Justicia parece estar poniendo límites a los abusos de AA2000, lo cual es fundamental, ya que el cobro indiscriminado y claramente ilegítimo de sumas no autorizadas está afectando seriamente el derecho y la actividad aeronáutica contradiciendo incluso la normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Hagamos votos para que esta nueva administración pueda encauzar a la aviación y controlar al monopólico concesionario de los aeropuertos que por incrementar sus ganancias limita la actividad aeronáutica al punto de pretender participar del fruto del esfuerzo de un trabajador.
Somos muchos los que conocemos los aeropuertos ejecutivos norteamericanos donde los pilotos, mecánicos, propietarios, etc. se mueven con total libertad, agilidad y seguridad sin necesidad de contar con credenciales, ni abonar suma alguna a los administradores (vg. Opa Loca, Fort Lauderdale Executive airport, etc). Se trata de aeropuertos con 400 movimientos diarios, con aviones ejecutivos de gran porte que operan sin tropiezos y con total seguridad. La pregunta es entonces ¿cómo puede ser que en un lugar funcionen como corresponde y en otros no? ¿Por qué en un país como el citado algunos de esos aeropuertos son administrados por los municipios que ven en la aviación progreso y en el nuestro no?
Hay una serie de interrogantes y de correcciones que las nuevas autoridades deberán estudiar y solucionar por la salud y mejoría de la aviación civil argentina. En esa línea, el fallo comentado es el puntapié inicial y una buena noticia en tal sentido.
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