La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala III ha resuelto un Amparo a favor del señor Federico Nicolás Carrizo, quien acudió a la Justicia para que AA2000 «se abstenga de realizar cualquier acto que signifique restringir su derecho a trabajar, sea impidiendo el ingreso a los aeropuertos y/o denegando el Permiso Personal de Seguridad y/o no visando la “Carta de Presentación”, sea por no tener contrato directo o indirecto con ella o cualquier otra causa que no provenga de orden judicial.»
La Cámara, confirmó de este modo, la posición del juez de primera instancia que sostuvo «la ilegitimidad de la conducta de AA2000 consistente en exigir, para el visado de la “Carta de Presentación” (necesaria para tramitar ante la PSA el Permiso Personal Aeroportuario e ingresar a su lugar de trabajo en el Aeropuerto de San Fernando), la percepción previa de alguna suma o arancel», determinando que «No ha habido pues una argumentación fundada (de parte de AA2000) que permita revocar la solución adoptada cautelarmente (SIC) por el a quo (juez que intervino anteriormente), con especial consideración del derecho a trabajar del peticionario garantizado por la Constitución Nacional.»
Esta decisión judicial debería tener una consecuencia inmediata muy esperada por los ciudadanos involucrados en la aviación civil: Que AA2000 deje de intervenir en el proceso de emisión de credenciales para el ingreso a los aeropuertos que expide la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Dicho desde el lado de la fuerza de seguridad: Que la PSA deje de reconocer a la empresa concesionaria de aeropuertos o cualquier otra, presente o futura, prerrogativas que no les corresponden por imperio de la Constitución de la República Argentina. CARRIZO RAMIREZ RESOLUCION SALA III
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