La doctora Gabriela Logatto, Directora Nacional de Inspección de Navegación Aérea, de la Administración Nacional de Aviación Civil, envió un mail a nuestra redacción para aclarar algunas imprecisiones formales en una información que emitimos oportunamente. Reproducimos el texto recibido a manera de corrección:
“Tengo el agrado de dirigirme a Usted con relación a la utilización del uso de las cartas Jeppesen, toda vez que la Disposición N° 7/2013 que emitiera como Directora Nacional de Inspección de Navegación Aérea, dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil, no procede a modificar el Decreto N° 353 del año 1977, por el que se habilita a la Dirección Nacional a mi cargo a autorizar el uso del material cartográfico, emitir normas y procedimientos de aplicación. De manera que, sólo se ha abogado por interpretar la normativa vigente en procura de satisfacer las necesidades actuales, tanto del sistema aeronáutico actual como de sus usuarios, en lo que refiere a la utilización de cartografía en su versión digital.
Por otra parte, la medida adoptada no obedece a la ‘falta de material de vuelo nacional’ por usted aludida; por el contrario, da cuenta del ejercicio de las acciones que nos fueran encomendadas como Autoridad Aeronáutica conforme Decreto 1770/07; 1840/11 y Resolución ANAC 155/13.”
Por nuestra parte, informamos a la doctora Logatto que si se hubiera emitido información oficial a través de canales institucionales, tal como corresponde al sistema republicano, se cometerían menos errores en la transmisión de la información.
También, aclaramos, que verificamos con media docena de fuentes que sí hay faltante de material de vuelo nacional por lo cual es razonable pensar que la Disposición, que saludamos con total beneplácito, podría haber contemplado esa apremiante situación.
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