Ambientalismo genuino y falso ambientalismo

El caso de la Polilla de la Vid en Mendoza. Por Gustavo Marón*

Polilla de la Vid (Lobesia botana).

Profeso el respeto por el medio ambiente. También respeto a los ambientalistas y a los cultores del Derecho Ambiental. Nuestra generación le debe mucho a quienes, desde 1970 en adelante, se tomaron en serio el cuidado del entorno en que existimos, procurando producir el mínimo impacto posible al suelo que sembramos, las aguas que bebemos y el aire que respiramos.

Sin embargo, desde hace años vengo viendo cómo el ambientalismo genuino ha sido infiltrado por un puñado de fundamentalistas para quienes cualquier actividad humana es contraria al hábitat o la ecología, sobre todo si se desarrolla con aviones. Estos activistas, que realmente no son muchos, no razonan ni reconocen jamás los argumentos de quienes mantienen posiciones moderadas, cautas o equilibradas. Para ellos todo se resume en confrontación y grito, como si esas fueran formas posibles de diálogo.

Esos ambientalistas no son verdaderos cultores o defensores del Medio Ambiente, sino falsos exponentes de los derechos que dicen representar, pues no se les conoce activismo o defensa concreta más allá de la estridencia y la denuncia. Es hora de que les vayamos quitando la careta porque su farsa les ganan espacio a los verdaderos ambientalistas, aquellos que se esmeran a diario en cuidar nuestro entorno, protegiéndolo con acciones constructivas y edificantes que nada tienen que ver con la cerrazón y el agravio.

El falso ambientalista, en cambio, se queda en generalidades y abstracciones, nunca baja a la realidad ni al dato concreto, plantea todo en términos de confrontación y se mueve con el fanatismo propio de una religión o de un partido político extremista.

Es fácil identificar a un ambientalista genuino de un farsante. El verdadero ambientalista, el que ha estudiado y se ha instruido, tiene clara conciencia de las leyes que regulan el medio ambiente, empezando por la Constitución Nacional, que no promueve una defensa a ultranza del ambiente sino un equilibrio entre su protección y el desarrollo productivo. El falso ambientalista, en cambio, se queda en generalidades y abstracciones, nunca baja a la realidad ni al dato concreto, plantea todo en términos de confrontación y se mueve con el fanatismo propio de una religión o de un partido político extremista.

Desde hace diez años venimos asistiendo a un intenso enfrentamiento entre ambientalistas radicalizados y empresas explotadoras de Aviación Agrícola de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe. En todos éstos escenarios el espectáculo ha sido más o menos el mismo: acusaciones abstractas y alarmistas basadas en posiciones ideológicas rígidas de parte de los detractores de la actividad (en su inmensa mayoría ecólatras radicalizados) y, del lado empresario, continua sensación de impotencia al ver que los argumentos técnicos y científicos que sustentan la actividad no son tenidos en cuenta por los ambientalistas, mientras que los funcionarios de gobierno omiten pronunciarse categóricamente en uno u otro sentido, moviéndose al flujo o reflujo de la intención de voto de sus respectivas jurisdicciones.

Este cuadro se quebró en Mendoza durante la pasada campaña 2017/2018 con motivo de las aplicaciones aéreas de fitosanitarios que el Servicio Nacional de Sanidad Agroalimentaria (SENASA) decidió ejecutar contra la Polilla de la Vid (Lobesia botrana), una plaga cuarentenaria que se venía extendiendo imparablemente desde 2008. El empleo de aviones agrícolas permitió detener en seco la expansión de éste insecto, pues por primera vez se lo pudo atacar en simultáneo sobre todo el territorio provincial y con dosis uniformes de confusores sexuales e insecticidas de baja toxicidad (fueran éstos orgánicos o de síntesis química). El resultado fue que la plaga logró detenerse y, gracias a la Aviación Agrícola va camino al exterminio.

Sin embargo, el camino al éxito estuvo plagado de dificultades. Tan pronto los aviones comenzaron a volar en Mendoza, un virulento grupito de ambientalistas alzó la voz contra las aplicaciones aéreas, denunciando que afectaban la salud humana y el equilibrio del ecosistema. De inmediato la Red Ambiental Oikos interpuso una acción de amparo ambiental solicitando la suspensión de los vuelos [1], al tiempo que la Municipalidad de San Carlos directamente los prohibió [2], por lo que las aplicaciones aéreas quedaron proscriptas en su jurisdicción, una de las áreas más fértiles y desarrolladas del Valle Uco, el oasis central de la Provincia de Mendoza.

Ante ésta situación, FEARCA decidió comparecer espontáneamente en el expediente judicial en calidad de Amicus Curiae, para colaborar con el Juez interviniente para la resolución de la materia objeto del proceso. La Federación aclaró que no se presentaba para confrontar con las partes pues, objetivamente, tanto los actores como los demandados estaban actuando de buena fe en el resguardo del Medio Ambiente.

La intervención de FEARCA se fundamentó en que las aplicaciones aéreas de fitosanitarios eran prácticamente desconocidas en la Región de Cuyo en general, por lo que el Juez no tenía marco referencial para el abordaje de una materia técnicamente tan compleja y operativamente tan rica en matices. Siendo así, y simplemente por desconocimiento, el Magistrado podía terminar siendo permeable a todo tipo de tergiversaciones, deformaciones, sesgos, mentiras, mitos y desconfianzas en torno a la Aviación Agrícola, una especie de Trabajo Aéreo regulado por la Autoridad Aeronáutica que en realidad constituye el vector de aplicación fitosanitaria más amigable con el Medio Ambiente.

La intervención espontánea de FEARCA fue posible en buena medida porque pudo exhibir la autoridad moral que le daba el hecho de trabajar cotidianamente para equilibrar el respeto del Medio Ambiente con las necesidades de producción de una Agricultura cada vez más tecnificada por los avances de las Ciencias. Desde ese lugar la Federación explicó con contundencia que la aplicación de fertilizantes, agroquímicos o productos fitosanitarios con aviones no sólo es técnicamente análoga a la aplicación terrestre sino que libera por hectárea tratada muchísimo menos caldo respecto de la aplicación terrestre. Se le explicó al Juez que un avión puede aplicar en una hora de vuelo la misma superficie que a un tractor le llevaría una semana, dispersando sobre el terreno menos del diez por ciento del producto liberado por las máquinas terrestres. De esta forma quedó al descubierto la falacia argumental contra las aplicaciones aéreas, que en definitiva representaban el medio de combate contra la Polilla de la Vid más amigable con el Medio Ambiente.

FEARCA mostró al juez que el gran público y la mayoría de las agrupaciones ambientalistas asimilan mentalmente a la aeronave aplicadora con el producto aplicado, como si la toxicidad de lo segundo fuera causada o potenciada por la primera. Argumentamos que esa asimilación mental, fundada en el absoluto desconocimiento de la actividad agroaérea, se traspola a los pedidos de suspensión o prohibición de la actividad. Por ende, todo un género de aplicación agrícola mecánica es proscripto (el aéreo) mientras que todo otro género de aplicación agrícola mecánica es permitido (el terrestre), sin reparar ni un momento en que la aplicación terrestre libera por hectárea muchísimo más caldo, y con muchos menos tecnología y controles, que la aplicación aérea.

(…) quedó al descubierto la falacia argumental contra las aplicaciones aéreas, que en definitiva representaban el medio de combate contra la Polilla de la Vid más amigable con el Medio Ambiente.

FEARCA argumentó también que sería ridículo suspender las aplicaciones aéreas por temor a los efectos nocivos del insecticida Coragen (fitosanitario de diseño químico), pues ello importaría dejar de aplicar por aire también el Bacillus thuringiensis (fitosanitario de diseño natural) y las feromonas de confusión sexual (con las que empezó la lucha contra la Polilla de la Vid). En otras palabras, en procura de un pretendido beneficio ambiental (la suspensión de las aplicaciones aéreas) los ambientalistas radicalizados iban a generar un perjuicio, porque con la prohibición de los vuelos sólo iban a facilitar que una plaga predatoria se extienda todavía más. FEARCA mostró que eso ra claramente irracional, pues importaba desconocer que es la Polilla de la Vid (y no la aeroaplicación) la que venía depredando el ecosistema mendocino. Los aviones y los productos fitosanitarios que dispersaban eran sólo el remedio para una enfermedad exógena que había aparecido en Mendoza importada accidentalmente desde otras latitudes.

En otras palabras, FEARCA argumentó que la prohibición de las aplicaciones aéreas simplemente produciría la expansión de la Polilla de la Vid, destrozando a los productores vitivinícolas y a los propios ambientalistas radicalizados, que en su afán por defender el Medio Ambiente provincial lo van a terminar afectando. Para sostener esto último pusimos en relieve que la Lobesia botrana no era una especie autóctona mendocina. No era tampoco un insecto benéfico, inocuo o afín a la flora local. Se trataba de una especie ajena que había sido accidentalmente “importada” y que se había abierto camino en un nicho ecológico virgen al que estaba depredando de formas diferentes. La manifestación más evidente estaba en los racimos de uva, pero la polilla interactuaba de forma negativa con otras muchas especies de un ecosistema que se había consolidado durante siglos (insectos, aves, anfibios, vegetales).

Al poner a la Lobesia botrana en el centro de la ecuación ambiental, el argumento sostenido por los ambientalistas radicalizados se alteró por completo, porque se vio claramente que el villano de la película no era la Aviación Agrícola sino el insecto, máximo responsable de la degradación ambiental real que estaban sufriendo las provincias de San Juan y Mendoza, lo que explicaba que la plaga fuera calificada como cuarentenaria por los organismos fitosanitarios. Una vez que se focalizó al verdadero enemigo, fue fácil demostrar que los medios utilizados para destruirlo eran proporcionados, porque la tasa de dispersión producida con aviones era muy inferior a la que se lograría liberando los mismos fitosanitarios por tierra, con la ventaja adicional de que los aviones esparcen a mayor velocidad y sobre mayores superficies. Se pudo mostrar que un avión cargado con 1.500 litros sólo llevaba 30 litros de insecticida Coragen diluidos entre 1.470 litros de agua, aceite metilado de soja y un agente antideriva. Con esa carga, el avión podía aplicar 250 hectáreas por vuelo, lo que representaba una dispersión final de 0,12 litros de Coragen por hectárea, una dosis de nulo impacto ambiental.

A partir de estos argumentos la Justicia mendocina rechazó la acción de amparo con la que se pretendía suspender las aplicaciones aéreas, pues no se comprobó en absoluto el pretendido perjuicio alegado por los ambientalistas. En consecuencia, los aviones llevaron adelante su campaña de aplicación aérea sobre todo el territorio mendocino, incluyendo el Valle Uco y los viñedos en jurisdicción de la Municipalidad de San Carlos, donde ejecutaron su trabajo en apenas una mañana. En síntesis, la polilla perdió y ganaron todos los mendocinos.

El caso que nos ocupa dejó como lección principal que no se puede hablar de ambiente en sentido abstracto, pues ese camino lleva directo a la ideología, el terreno favorito de los falsos ambientalistas. El único ambiente sobre el cual la protección es posible es el ambiente real, tangible, donde las acciones defensivas pueden verse y cuantificarse. Por ejemplo, en Mendoza el medioambiente es tanto natural como cultural, pues cien generaciones de agricultores crearon tres oasis donde naturalmente debía existir sólo desierto. En otras palabras, el medio ambiente argentino real está formado por montañas, glaciares y ríos, pero también por los cultivos que sustentan el desarrollo económico y social del país. En Mendoza o San Juan el más importante de esos cultivos es la vid, del mismo modo que en Córdoba, Buenos Aires o Santa Fe son los cultivos de cereales.

Las diversas plagas que afectan nuestros cultivos no pueden permanecer ajenas a la ecuación ambiental sencillamente porque muchos de los insectos, enfermedades y hongos no son autóctonos, sino exógenos o “importados” de otros ecosistemas. En Mendoza quedó claro que era la polilla (y no los aviones) la que afectaba el medio ambiente; y que los aviones sólo representaban la mejor cura posible contra este flagelo. Así, la Justicia mendocina generó un precedente jurisprudencial interesante que se suma e integra al precedente sentado por el Tribunal de Justicia de Córdoba en el ya célebre caso “Barrio Ituzaingó”.

Es imprescindible que los aeroaplicadores vean con claridad el camino que les está trazando la Justicia. Las aplicaciones aéreas no se encuentran prohibidas en nuestro país, simplemente deben desarrollarse en un contexto que permita que no perjudiquen el medio ambiente. Ello se logra conociendo (y cumpliendo) la normativa aeronáutica y ambiental, profesionalizando la actividad mediante capacitación continua y ejerciendo buenas prácticas agroaéreas cada día, en cada vuelo.

 

[1] Expediente N° 261.277 caratulada “Oikos Red Ambiental y otros c/ Gobierno de la Provincia de Mendoza y otros p/ acción de amparo”, iniciado ante el ante el Tribunal de Gestión Judicial Asociada N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza.
[2] Ordenanza N° 1676/17 emitida el 26 de octubre de 2017 por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Carlos, Provincia de Mendoza.

 

* Abogado de FEARCA. Texto publicado en la revista Aeromarket 230.
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1 comentario
  1. Vilma dice

    Excelente comentario, al fin un artículo sin histeria, sin neurosis y sin violencia. El “ambientalismo” se ha vuelto a la causa favorita de los políticos para poner prohibiciones y cargarnos con muchos más impuestos. Debemos impedir que esta causa errada avance, lamentablemente es una causa que se disfraza de bondad , de amor por la naturaleza y de amor por los animales pero de amor no hay nada en esto

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